Tras el divorcio de una pareja, consideraron como la mejor opción que la custodia del menos la debía ostentar la madre, residente en Inglaterra. Sin embargo, los costes de desplazamiento y estancia, suscitaron las discrepancias entre ambos..

El Tribunal Supremo (TS), reitera que el interés del menor está en que no se dificulte su relación con cada uno de los progenitores. Esto supone que se tenga que llevar a cabo un reparto equitativo de las cargas de estos viajes de forma proporcionada a su capacidad económica, teniendo en cuenta también sus circunstancias personales, familiares, disponibilidad, flexibilidad del horario laboral, entre otras cuestiones.

Por ello, el TS ha recordado tener ya declarado el reparto entre los progenitores de los costes de desplazamientos del menor cuando el progenitor no custodio reside en una ciudad distante. 

Centrándose en este matrimonio concreto, de capacidad económica alta y similar en ambos cónyuges, el juez que declaró el divorcio estableció que el coste de los viajes fuese al 50%, sin perjuicio de la correspondiente pensión de alimentos a cargo del padre a favor del hijo, a percibir por la madre. Pero la audiencia provincial territorialmente competente, que conoció el recurso interpuesto por esta, fijó una cantidad concreta, de 150 euros por viaje como contribución de la madre, e incrementó la pensión alimenticia que había fijado el juez.

Fue entonces cuando el padre recurrió al TS, que ha mantenido los 150 euros establecidos por la audiencia provincial, pues el padre no ha aportado elemento de juicio alguno sobre el coste que le suponen los desplazamientos. Si le ha dado la razón en relación al montante de la pensión de alimentos, elevada por la audiencia por la sola circunstancia de que la madre tiene que contribuir a los gastos de desplazamiento, con lo que, en definitiva, había trasladado al padre el coste de los mismos..