Tal y como se ha podido conocer, la Audiencia Provincial de Cádiz (AP) ha conocido un recurso en el que debía valorar si mantenía o suspendía una pensión alimenticia mientras el progenitor obligado a pagarla a su expareja para satisfacer las necesidades del hijo que tienen en común permanece ingresado en prisión.

Esta es una circunstancia que condiciona de manera decisiva la obtención de ingresos con los que satisfacer esta obligación. Pero los hijos siguen teniendo sus necesidades básicas y, en este caso, además de las propias de la edad, el niño cuenta con otras añadidas y específicas por problemas de salud a las que, en su caso, haría frente a las mismas exclusivamente la madre.

Cabe destacar que la AP ha analizado la normativa penitenciaria que ofrece a los reclusos la posibilidad de trabajar durante su estancia en prisión, y se le presume la existencia de ingresos. Además, recuerda que la obligación de alimentos es más que una imposición jurídica; se trata de una obligación natural, que tienen los progenitores por el mero hecho de serlo, prevaleciendo el derecho del menor en caso de conflicto, incluso, antes que el propio.

Por tanto, la AP no da valor a las alegaciones que efectúa, relativas a la necesidad de mantener a sus padres residentes en su país de origen, ya que los recursos de que disponga éste deben ir destinados preferentemente a alimentar a su hijo y no a aquellos.

Si es sensible la AP a su condición de recluso en cuanto a la cuantía a satisfacer a la madre, tanto mientras esté en prisión como para cuando salga de la misma, teniendo en cuenta que tendrá derecho a un modesto subsidio laboral con el que deberá sufragar sus propios gastos de habitación y manutención. Fija en ambos casos cantidades en torno al llamado «mínimo vital»: un concepto jurisprudencial que refiere la cantidad mínima que en todo caso un progenitor debe aportar a la crianza y necesidades de su hijo, pero que puede variar según circunstancias y lugar, y que suele estar en torno a los 100 euros. En este caso han sido 75 euros mientras se encuentra en prisión y 150 para cuando salga.

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